Bien de interés cultural (Colombia)
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Un bien de interés cultural (BIC) en Colombia es un bien material mueble o inmueble al que se le atribuye un especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en diversos ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario entre otros. La declaratoria de un bien como un Bien de Interés Cultural se encuentra reglamentado por las leyes 1185 de 2008 y 397 de 1997 de la República de Colombia y podría tratar un bien en particular, o una determinada colección o un conjunto de bienes los cuales deben ser conservados como una unidad indivisible.[2]
Los bienes de interés cultural pueden ser de diferentes ámbitos: nacional, departamental, distrital, municipal o de los territorios indígenas o de las comunidades negras. Entre estos se incluyen monumentos, áreas de conservación histórica, arqueológica o arquitectónica, conjuntos históricos entre otras denominaciones que tengan algún tipo de declaratoria de un régimen especial previo. En estos casos la propiedad de estos bienes puede ser tanto de la Nación, o a entes públicos o privados y tanto personas naturales como jurídicas. En el caso de bienes arqueológicos estos cuentan con un régimen especial de protección en el cual la propiedad patrimonial sobre los mismos es de la Nación y son inalienables, imprescriptibles e inembargables.[2]