Matrículas automovilísticas de México
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Las matrículas automovilísticas de México son el registro que usan los vehículos automotores para su identificación y circulación legal en todo el territorio mexicano. La entidad gubernamental encargada de regularlas es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que establece la Norma oficial mexicana NOM-001-SCT-2,[1] cuya última revisión es del año 2016, para ello contempla que cada estado pueda emitir sus propias placas de circulación incorporándoles características y diseños particulares, pero respetando cierto estándar que todas deben de cumplir.
Según la misma norma, todas las placas son de forma rectangular, y tienen una dimensión de 300 mm de largo por 150 mm de ancho, sus esquinas deben de ser redondeadas, contener un sello de plomo de la SCT y las letras y números deben de ser troquelados.[1] Para los vehículos clasificados como automóviles privados, el número de la serie debe de estar conformado por tres letras (excluyendo I, O y Q por su parecido con el 0 y el 1), seguidas de cuatro o tres números dependientes de cada estado. Para vehículos clasificados como camiones privados, les corresponden dos letras seguidas de cinco o cuatro números, según el estado del que se trate. La serie de letras que contengan las placas están asignadas a cada estado del país, lo cual permite la identificación del origen del vehículo. Asimismo, incluyen el nombre del estado o su abreviatura oficial, la vigencia de las placas, así como códigos de barras y seguridad que impiden su falsificación.
Además de las placas descritas para vehículos privados existen normas especiales para automóviles y camiones de servicio público, para aquellos que se dedican al transporte de personas con algún tipo de discapacidad, para automóviles clasificados como Clásicos y para los vehículos registrados como Fronterizos, que son vehículos automotores de origen extranjero, generalmente procedentes de los Estados Unidos, los cuales pueden ser adquiridos por mexicanos y circular legalmente en México, pero únicamente dentro de la llamada Zona libre fronteriza, una franja de territorio ubicada entre la frontera y los puestos de inspección aduanal situados en carreteras a distancias variables de los puntos fronterizos. Grandes ciudades como Tijuana, Mexicali, Ciudad Juárez, Nuevo Laredo o Matamoros quedan dentro de esta zona libre, y en ellas son muy comunes este tipo de vehículos.
A partir del año 2004, muchos vehículos de los denominados "fronterizos" circulaban en territorio nacional sin haber sido previamente importados al país; a estos vehículos se le conoce como autos chocolates. Después de una serie de revisiones al marco legal sobre este tema, a los particulares que poseen estos vehículos se les da la opción de importarlos y regularizarlos inmediatamente, por lo cual pueden portar la matrícula del estado donde haya sido registrado el vehículo. No obstante, se deben cumplir ciertas condiciones para hacer que un auto usado fronterizo pueda ser importado y "emplacado" en alguno de los estados del país. Un ejemplo de esto es que el auto debe tener 5 años de antigüedad (es decir, si estamos en el año 2019 podemos usar un auto del año 2014), cosa que también se aplica a los vehículos nuevos y del año en curso importados desde los Estados Unidos.