Ministerio Público (Colombia)
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El Ministerio Público de la República de Colombia[1] fue concebido y creado como unidad gubernamental bajo el imperativo de la Constitución Política Nacional de 1830 el 29 de abril,[2] y se considera que estos organismos de control conforman el denominado Ministerio Público, al cual lo constituyen los siguientes:
- Procuraduría General de la Nación,
- Defensoría del Pueblo de Colombia y
- las personerías municipales y distritales.
Ministerio Público | ||
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Localización | ||
País | Colombia | |
Información general | ||
Jurisdicción | Colombia | |
Organización | ||
Dirección | Margarita Cabello Blanco (Procuradora General de la Nación) | |
Depende de | Autónomo | |
Historia | ||
Fundación | 1830 | |
La Constitución Política de Colombia reza en su artículo 118: "El Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, por el Defensor del Pueblo, por los procuradores delegados y los agentes del ministerio público, ante las autoridades jurisdiccionales, por los personeros municipales y por los demás funcionarios que determine la ley. Al Ministerio Público corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas".